
- LAS TEMIDAS "ETIQUETAS" (QUE SÓLO ESTÁN EN TU MENTE)
- ¿Qué es la Ley de Dependencia?
- Los grados de dependencia
- Beneficios y apoyos para las familias
- Cómo solicitar la Ley de Dependencia
- Cuantías en Cataluña según grado de dependencia (2025)
- Ejemplos prácticos: Cuánto dinero puede recibir una familia con un bebé prematuro en Cataluña
- 👉 “Ley de Dependencia en Cataluña: ayudas y prestaciones para familias con bebés prematuros”
- Conclusión
En mi entrada https://petitguerrer.com/ayudas-laborales-para-madres-padres-de-bebes-prematuros/ te expliqué las ayudas laborales y sus posibles combinaciones. Este era el primer paso burocrático que tenías que hacer. Ahora te daré toda la informacion para que puedas comprobrar si te corresponden ayudas por la Ley de Dependencia en bebés prematuros.
Con el tema laboral solucionado, seguramente estés más tranquila, sabiendo que tienes unos meses por delante para digerir todo lo que está pasando…..
Ahora vamos a por el segundo trámite; solicitar la valoración del grado de dependencia de tu bebé, y saber si te corresponde alguna ayuda de la Ley de Dependencia por bebé prematuro.
En esta entrada te explico qué es la Ley de Dependencia, qué grados existen y qué beneficios pueden solicitar las familias con bebés prematuros, para que tengas una guía clara y práctica con los pasos a seguir.
Muchas familias desconocen que Ley de Dependencia puede convertirse en un gran apoyo desde los primeros meses de vida de su pequeño.
Incluida yo; La tramité dos años después del nacimiento de mi hijo, por desconocimiento. Empecé a cobrar la prestación más de dos años después, cuando mi hijo ya tenía cuatro años. Entonces no había retroactividad en los pagos, y había 18 meses de carencia hasta empezar a cobrar.
ESTUVE DENTRO DEL SISTEMA “OFICIAL” DESDE QUE MI BEBÉ NACIÓ, Y A NADIE SE LE OCURRIÓ INFORMARME SOBRE LAS AYUDAS DE LA LEY DE DEPENDENCIA A LAS QUE MI BEBÉ PREMATURO TENÍA DERECHO.
LAS TEMIDAS “ETIQUETAS” (QUE SÓLO ESTÁN EN TU MENTE)
No entiendo el tema de las “etiquetas” y el miedo que generan. Vivimos en un mundo donde todo tiene nombre. El vaso es el vaso; la planta, la planta. Además las plantas tienen nombres propios. Porque, ¿ los nombres de las plantas, son nombres o etiquetas?
Yo me llamo Sonia. ¿Me “etiquetaron” mis padres con esa palabra?.
Mi gata se llama Lola. Si Lola es su nombre, ¿gata es nombre o etiqueta?
SON PALABRAS.
USAMOS PALABRAS PARA DEFINIR OBJETOS, PERSONAS, EMOCIONES, ANIMALES, LUGARES…… Y ESAS PALABRAS SIEMPRE HAN SIDO “NOMBRES”.
¿En qué se diferencia esa supuesta etiqueta, que no dejará de ser una palabra, de un nombre, que a fin de cuentas es otra palabra con la que definimos cualquier cosa?
¿Por qué hay gente que considera que asignar una palabra a ciertas situaciones, es “ponerle una etiqueta” y no es “llamarlo por su nombre”, como al resto de objetos, personas, lugares, animales, plantas…….
Si tu hijo ha nacido prematuro, no ha nacido a término.
Por más que no quieras decir la palabra “prematuro” la situación no va a cambiar.
Prematuro no es una etiqueta, es una palabra, un nombre que define que un bebé ha nacido antes de las 40 semanas de embarazo.
Dependencia es otra palabra, que define la necesidad de una persona de apoyo para realizar las actividades de su vida cotidiana.
Evidentemente, un bebé ya es dependiente de por si. Así que que le concedan un grado de dependencia a un bebé no tiene nada de extraño, y más si ha nacido prematuro.
Puede ser una situación de dependencia temporal, que le concedan un grado y a los dos años se lo revisen y lo bajen, hasta que finalmente se lo retiren.
O puede que no. Ahora mismo es imposible saber qué pasará.
Renunciar a una ayuda que os corresponde por Ley, por no usar la palabra que la define, (Ley de Dependencia), no trata de “etiquetar”; trata de MIEDOS y PREJUICIOS, que sólo existen mentalmente.
Es normal sentir miedo.
Pero cobrar una ayuda económica no empeorará tu situación, ¿verdad?
¿Y que venga una persona a tu casa unas cuantas horas a echarte una mano?
HÁZME CASO; SOLICITA LA VALORACIÓN DEL GRADO DE DEPENDENCIA DE TU BEBÉ PREMATURO CUANTO ANTES.
ES UN TRÁMITE MUY SENCILLO.
EL CAMINO QUE TIENES POR DELANTE ES LARGO, Y LA ENERGÍA LIMITADA.
NO RENUNCIES A NINGUNA AYUDA POR MIEDOS O PREJUICIOS.
¿Qué es la Ley de Dependencia?
La Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, reconoce el derecho de las personas que no pueden valerse por sí mismas a recibir apoyos del Estado.
En el caso de los bebés prematuros, esta ley puede aplicarse cuando existen limitaciones importantes en su autonomía debido a secuelas de la prematuridad, como:
- Problemas respiratorios crónicos.
- Dificultades neurológicas o motoras.
- Retraso madurativo o dificultades en la alimentación.
- Necesidad de atención continuada para actividades básicas (movilidad, higiene, alimentación, seguridad).
Los grados de dependencia
La valoración de la dependencia se realiza mediante una escala oficial (Baremo de Valoración de la Dependencia). En bebés y niños pequeños, se tienen en cuenta aspectos relacionados con el desarrollo, el nivel de cuidados y la necesidad de supervisión constante.
Los tres grados de dependencia son:
- Grado I – Dependencia moderada:
El bebé necesita ayuda intermitente o al menos una vez al día. Por ejemplo, cuando requiere supervisión en la alimentación o cuidados frecuentes, pero no de manera continua. - Grado II – Dependencia severa:
Se precisa ayuda varias veces al día, pero no siempre de forma permanente. Sería el caso de un bebé que necesita múltiples apoyos diarios para respirar, alimentarse o moverse, pero puede permanecer algún tiempo bajo supervisión indirecta. - Grado III – Gran dependencia:
El niño requiere apoyo continuo y supervisión constante para todas las actividades básicas. En prematuros, suele darse en casos de secuelas graves neurológicas o respiratorias, o cuando dependen de tecnología sanitaria (oxígeno, sondas, etc.).
Beneficios y apoyos para las familias
Una vez reconocido un grado de dependencia, la familia accede a una serie de prestaciones y servicios que varían en función de la situación y las necesidades.
1. Prestaciones económicas
- Prestación económica para cuidados en el entorno familiar: pensada para familias que asumen directamente el cuidado del bebé en casa. Recibe una ayuda económica mensual como compensación.
- Prestación vinculada a servicio: permite sufragar parte de los gastos si se contrata un servicio privado (como fisioterapia, atención temprana o cuidadora especializada).
- Prestación para asistencia personal: destinada a contratar una persona de apoyo que facilite la atención del bebé y ayude a la familia a conciliar la vida laboral y personal.
2. Servicios de apoyo
- Centros y programas de atención temprana: fundamentales para el desarrollo de los bebés prematuros. La Ley de Dependencia da prioridad de acceso a estos recursos.
- Ayuda a domicilio: apoyo en el cuidado del bebé y en tareas del hogar, especialmente en casos de gran dependencia.
- Teleasistencia: aunque más común en adultos, algunas comunidades adaptan el servicio para familias con niños dependientes.
- Respiro familiar: estancias temporales en centros o servicios que permiten a la familia descansar, atender otros hijos o conciliar.
Sobre los Servicios de apoyo haré una entrada en Cuidados.
Cómo solicitar la Ley de Dependencia
El procedimiento es común en toda España, aunque la gestión depende de cada comunidad autónoma. Los pasos básicos son:
- Presentar la solicitud en los servicios sociales de tu comunidad autónoma.
- Aportar documentación: DNI/NIE, libro de familia, empadronamiento y, lo más importante, informes médicos y hospitalarios que detallen la situación del bebé.
- Valoración oficial: un equipo especializado visita el domicilio y evalúa las necesidades del bebé.
- Resolución y reconocimiento de grado: se asigna el grado de dependencia y se aprueba un Programa Individual de Atención (PIA) que especifica qué ayudas se conceden.
⚠️ Es importante tener paciencia: el proceso puede tardar meses. Sin embargo, una vez reconocido el grado, la ayuda suele tener efectos retroactivos desde la fecha de solicitud.
Ejemplo práctico
Imaginemos el caso de Martina, una bebé prematura de 26 semanas que, tras el alta hospitalaria, necesita oxígeno domiciliario y sesiones de fisioterapia varias veces por semana.
- Tras solicitar la valoración, se le reconoce un Grado II (dependencia severa).
- La familia recibe una prestación económica para cuidados en el entorno familiar.
- Además, se le garantiza acceso prioritario a atención temprana, recibiendo sesiones de estimulación sin coste.
- La familia también puede solicitar respiro familiar, para contar con apoyo cuando necesitan atender otros asuntos.
Este ejemplo muestra cómo la Ley de Dependencia puede ser un recurso esencial en la vida diaria de las familias con bebés prematuros.
En resumen
La Ley de Dependencia reconoce y apoya a las familias que, día a día, cuidan de sus pequeños guerreros. Aunque los trámites puedan resultar lentos, acceder a estas ayudas supone:
- Alivio económico.
- Recursos especializados para el desarrollo del bebé.
- Acompañamiento en la difícil tarea de cuidar y conciliar.
Quiero recordarte que no estás sol@ en este camino.
Informarse, reclamar los derechos y apoyarse en la red de servicios sociales es un paso fundamental para garantizar el bienestar de tu bebé y de toda la familia.
Aquí tienes la información actualizada y específica sobre las cuantías económicas mensuales por cada grado de dependencia en Cataluña (a fecha de 2025), incluyendo tanto los importes máximos como los mínimos según tipo de prestación:
Cuantías en Cataluña según grado de dependencia (2025)
1. Prestación económica para cuidados en el entorno familiar (PECEF)
- Grado I (Moderada):
- Máximo: 180 €/mes
- Mínimo: 100 €/mes
- Grado II (Severa):
- Máximo: 315,90 €/mes
- Mínimo: 150 €/mes
- Grado III (Gran dependencia):
- Máximo: 455,40 €/mes
- Mínimo: 200 €/mes e-noticies.catColegio de Gestores AdministrativosNationale-Nederlanden
2. Prestación económica vinculada a un servicio (PEVS)
- Grado I:
- Máximo: 313,50 €/mes
- Mínimo: 100 €/mes
- Grado II:
- Máximo: 445,30 €/mes
- Mínimo: 150 €/mes
- Grado III:
- Máximo: 747,25 €/mes
- Mínimo: 200 €/mes CuideoColegio de Gestores AdministrativosCRIANDO 24/7Nationale-Nederlanden
3. Prestación económica de asistencia personal (PEAP)
- Grado I:
- Máximo: 313,50 €/mes
- Mínimo: 100 €/mes
- Grado II y III:
- Máximo: 747,25 €/mes
- Mínimo (Grado II): 150 €/mes
- Mínimo (Grado III): 200 €/mes elEconomistaColegio de Gestores AdministrativosNationale-Nederlanden
Resumen comparativo
Grado / Prestación | PECEF (Cuidado Familiar) | PEVS (Vinculada a Servicio) | PEAP (Asistencia Personal) |
Grado I | 100 – 180 €/mes | 100 – 313,50 €/mes | 100 – 313,50 €/mes |
Grado II | 150 – 315,90 €/mes | 150 – 445,30 €/mes | 150 – 747,25 €/mes |
Grado III | 200 – 455,40 €/mes | 200 – 747,25 €/mes | 200 – 747,25 €/mes |
A tener en cuenta
- Las cuantías máximas representan el importe más alto al que se puede optar, pero la cantidad real que recibirás puede ser inferior, en función de tu capacidad económica, debido a un coeficiente reductor aplicado por la administración correspondiente Nationale-NederlandenPlusesmas.
- Las cuantías mínimas se establecieron recientemente (vigentes desde agosto de 2023) para garantizar un piso mínimo de apoyo económico, sea cual sea la situación familiar Colegio de Gestores AdministrativosCRIANDO 24/7e-noticies.cat.
- Cataluña ha adaptado estas cifras fijadas por el Estado, por lo que estas son las cuantías que se aplican directamente en tu comunidad autónoma Cuideoe-noticies.cat.
Ejemplos prácticos: Cuánto dinero puede recibir una familia con un bebé prematuro en Cataluña
👶 Caso 1: Grado I – Dependencia moderada
Hugo, nacido con 34 semanas, presenta dificultades en la alimentación y necesita revisiones frecuentes en atención temprana.
- La familia solicita la Ley de Dependencia y se le reconoce un Grado I.
- Al vivir en un entorno familiar donde son los padres quienes se encargan de los cuidados, se aprueba la Prestación económica para cuidados en el entorno familiar (PECEF).
- En Cataluña, recibirían entre 100 € y 180 €/mes.
- Además, se le concede acceso preferente a atención temprana, lo que supone un gran ahorro en terapias privadas.
👉 Aunque la ayuda económica no es muy alta, el beneficio real está en los servicios públicos prioritarios que el bebé recibe desde pequeño.
👶 Caso 2: Grado II – Dependencia severa
Martina, nacida con 26 semanas, necesita oxígeno domiciliario y fisioterapia varias veces por semana.
- Tras la valoración, se reconoce un Grado II.
- Los padres optan por la prestación vinculada a servicio (PEVS), ya que contratan fisioterapia infantil en un centro privado.
- En Cataluña, pueden recibir hasta 445,30 €/mes (mínimo 150 €).
- Además, acceden a la atención temprana gratuita en su zona, lo que complementa el trabajo privado.
👉 Esta combinación permite que Martina tenga un plan terapéutico integral y que la familia reduzca la carga económica de las terapias privadas.
👶 Caso 3: Grado III – Gran dependencia
Nil, nacido con 25 semanas, presenta parálisis cerebral y depende de silla de ruedas y oxigenoterapia.
- Se reconoce un Grado III.
- La familia solicita la prestación económica de asistencia personal (PEAP), para poder contratar a una persona especializada en cuidados infantiles durante algunas horas al día.
- La ayuda económica puede llegar hasta 747,25 €/mes (mínimo 200 €).
- También se les concede respiro familiar y acceso preferente a servicios de apoyo domiciliario.
👉 Para Nil y su familia, esta ayuda supone la posibilidad de contar con apoyo profesional y aliviar la sobrecarga de cuidados diarios.
🎯 En resumen
- Grado I (100–180 €): Apoyo económico limitado, pero con prioridad en servicios como atención temprana.
- Grado II (150–445 €): Ayuda importante para terapias privadas o cuidado familiar.
- Grado III (200–747 €): Máxima cobertura económica y acceso a servicios de asistencia personal y respiro.
📌 Consejo práctico para familias:
Aunque el proceso sea largo, solicitar la Ley de Dependencia lo antes posible es clave. Las ayudas suelen tener efectos retroactivos desde la fecha de la solicitud, lo que significa que podrías recibir los pagos atrasados una vez se resuelva el expediente.
👉 “Ley de Dependencia en Cataluña: ayudas y prestaciones para familias con bebés prematuros”
Existen diferencias importantes entre comunidades autónomas.
1. Gestión y recursos propios
Aunque la Ley es estatal, su gestión es autonómica. Esto significa que cada comunidad autónoma tiene autoridades encargadas de valorar, tramitar y decidir la intensidad, cuantías y servicios disponibles WikipediaNationale-Nederlanden.
2. Cuantías y ayudas complementarias
- Las cantidades mínimas y máximas oficiales, establecidas por el Real Decreto 675/2023, tienen efecto nacional desde agosto de 2023:
- Cuantías mínimas: 100 € (Grado I), 150 € (Grado II), 200 € (Grado III) Colegio de Gestores AdministrativosPedirayudas.comTododisca.
- Cuantías máximas (prestaciones vinculadas al servicio o asistencia): hasta 313,50 € para Grado I, 445,30 €para Grado II, y 747,25 € para Grado III Colegio de Gestores AdministrativosPedirayudas.comNationale-Nederlanden.
Las comunidades pueden ofrecer suplementos o mejoras sobre esas cifras, o establecer deducciones según la capacidad económica de la familia Nationale-NederlandenFecledmi.
3. Tiempo de espera y acceso a prestaciones
La apertura y rapidez de acceso varía notablemente:
- En Cataluña, el tiempo medio de tramitación supera los 295 días, aunque la ley establece un límite máximo de 180 días Doméstiko.
- La situación es incluso más crítica en comunidades como Andalucía o Canarias, donde las esperas pueden superar un año y medio Cadena SER.
- En general, plazos de espera superan los 300 días a nivel nacional El PaísCadena SERElHuffPost.
4. Desigualdad territorial en la aplicación
La disparidad en recursos humanos, centros de atención temprana, infraestructura y gestión administrativa conduce a diferencias palpables en la calidad del servicio:
- Comunidades como Cataluña, Madrid o País Vasco disponen de más centros y estructuras para atender directamente.
- Otras zonas, como Castilla-La Mancha o Extremadura, presentan menos recursos disponibles Cadena SER.
Resumen comparativo
Aspecto | Aplicación en España | Variaciones por CCAA |
Marco legal | Estatal (Ley 39/2006 + RD 675/2023) | No varía; es el mismo en todo el país |
Gestión | Autonómica | Cada comunidad lo gestiona y adapta según su organización |
Cuantías mín./máx. | Sí, fijadas por Real Decreto | Algunas CCAA ofrecen mejoras o complementos |
Tiempo de tramitación | Límite legal de 180 días | Puede ser mucho mayor según la comunidad |
Recursos disponibles | Variable | Mayor en algunas CCAA, menor en zonas más desfavorecidas |
Conclusión
La Ley de Dependencia sí es la misma en toda España, pero su aplicación cambia según dónde vivas. Esto implica que como familia de un bebé prematuro debes:
- Solicitar pronto y aportar todos los informes médicos necesarios.
- Consultar con los servicios sociales de tu comunidad para conocer los apoyos específicos disponibles.
- Informarte sobre plazos reales en tu región y estar pendiente del proceso.
- Apelar o reclamar, si hay retrasos excesivos o desigualdades, especialmente si la situación del bebé impone urgencia.
Sé que no es fácil pedir ayuda. A veces nos sentimos culpables, desbordad@s, o pensamos que no la merecemos. Pero estos apoyos existen para ti y para tu bebé, y pueden marcar una gran diferencia en su desarrollo y en tu bienestar como cuidador/a.
Si tu peque necesita apoyo extra para avanzar, tú también necesitas apoyo para acompañarle. No estás sol@.
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